Transferimos legalmente tus haberes mensuales de ANSES (Nación / todo el país), IPS y todas las Cajas Provinciales, Municipales y Profesionales de Argentina directo a tu cuenta bancaria en España, Italia, EE.UU., Brasil y más de 30 países. Sin viajar, sin intermediarios informales y con el respaldo del Estudio Jurídico Balado & Asociados.
Comprobá en 30 segundos si tu beneficio de cualquier caja del país es transferible.
Atendemos todas las cajas previsionales de Argentina con procedimientos homologados para residentes en el extranjero.
Jubilaciones ordinarias, regímenes docentes y pensiones bajo la Ley 24.241. Trámite ante la Unidad de Residentes en el Exterior.
Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (docentes, municipales, policías y empleados públicos bonaerenses).
Cajas no transferidas de Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos, Neuquén y demás provincias con regímenes previsionales autónomos.
Cajas de Previsión y Seguridad Social para Médicos, Abogados, Ingenieros, Bioquímicos, Agrimensores y demás colegiaturas.
Resolvemos desde la apertura de cuenta pagadora hasta la acreditación mensual recurrente y el mantenimiento de fe de vida.
Desvinculación del centro de pago local en Argentina y alta en el circuito de transferencia internacional directa a tu banco del exterior.
Si el cónyuge jubilado falleció fuera de Argentina, gestionamos la inscripción de la defunción, apostillado, traducción y el cobro de la pensión para el cónyuge supérstite.
Monitoreo y presentación obligatoria de supervivencia ante ANSES/Consulados en los períodos de enero/febrero y julio/agosto para evitar suspensiones.
Si tu pago quedó retenido o bloqueado por falta de fe de vida o salida del país sin previo aviso, rehabilitamos el beneficio y reclamamos los retroactivos impagos.
Asesoramiento y aplicación de convenios de reciprocidad previsional (España, Italia, Mercosur, Chile, Francia, etc.) para totalización de aportes o cobros combinados.
La ventaja de nuestro estudio: redactamos el poder especial necesario, lo legalizamos con Apostilla de La Haya y realizamos traducciones públicas si son requeridas.
Muchos jubilados dependen de métodos informales que traen bloqueos, pérdidas cambiarias y estrés. Mirá la diferencia:
Un proceso claro, estructurado y sin sorpresas de principio a fin.
Analizamos tu recibo de haber previsional, organismo (ANSES/IPS/Caja) y país de residencia sin costo para confirmar la aptitud del beneficio.
Te enviamos el modelo exacto de Carta Poder / Poder Especial para certificar ante el consulado argentino más cercano o notario local con Apostilla.
Presentamos el expediente ante el organismo previsional y el banco apoderado oficial en Argentina para dar de alta el giro internacional.
Tus haberes comienzan a acreditarse mes a mes en tu cuenta bancaria del exterior, con soporte permanente de nuestro estudio.
Respuestas claras a las dudas más habituales sobre jubilaciones y pensiones fuera de Argentina.
Es para toda la República Argentina a nivel nacional. Tramitamos jubilaciones y pensiones otorgadas por ANSES (SIPA nacional) para beneficiarios de cualquier provincia del país, así como todas las Cajas Provinciales no transferidas (IPS de Buenos Aires, Caja de Jubilaciones de Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos, Neuquén, La Pampa, Mendoza, Santa Cruz, etc.), Cajas Municipales, Cajas de Previsión para Profesionales (Abogados, Médicos, Ingenieros, Bioquímicos, Escribanos, etc.) y Cajas de las Fuerzas de Seguridad.
Sí, la transferencia al exterior aplica tanto para haberes mínimos como para jubilaciones medias o máximas de cualquier régimen contributivo (ANSES, IPS o Cajas Provinciales/Profesionales).
No. Por expresa disposición de la normativa previsional argentina, las Pensiones No Contributivas (por vejez o 7 hijos) y las pensiones asistenciales por discapacidad/invalidez exigen que el titular resida físicamente en el país y cesan su liquidación si se fija domicilio permanente en el exterior.
El Banco de la Nación Argentina convierte los pesos del haber al tipo de cambio oficial/bancario correspondiente y realiza la transferencia internacional en Dólares Estadounidenses (USD) o Euros (EUR). Al llegar a tu banco en el exterior, se acredita en la moneda de tu cuenta local.
No es necesario viajar. El 100% de la gestión se realiza a distancia. Únicamente deberás firmar la Carta Poder o el Poder Especial ante el Consulado Argentino más cercano a tu domicilio o ante un notario público local con su respectiva Apostilla de La Haya.
Debe acreditarse cada 6 meses (generalmente en los períodos de enero-febrero y julio-agosto). Se puede realizar directamente ante el Consulado Argentino (que notifica electrónicamente a ANSES) o mediante certificación notarial apostillada que nuestro estudio presenta ante el organismo.
Ofrecemos un esquema transparente y previsible: realizamos el análisis inicial de viabilidad de forma 100% gratuita. Los honorarios profesionales se pactan previamente en un convenio claro, cobrándose sobre el éxito del trámite al momento de comenzar a percibir tus haberes en el exterior.
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